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| San Miguel El Alto Breve reseña histórica En 1530, Cristóbal de Oñate conquistó
el territorio que ocupa esta región. A mediados del siglo XVI,
se repobló con familias procedentes de Nochistián; en 1542,
se mandó la demarcación del sitio en que debía extenderse
como pueblo el villorrio de San Miguel del Ojo de Agua, denominación
que hubo de cambiar por la de San Miguel de los Alcalanes antes de tomar
su nombre actual, ya que en 1571 unos españoles apellidados Alcalá
y dueños de La Calma, obtuvieron de los indios la licencia para
establecerse en la parte oriental de la capilla levantada por fray Miguel
de Bolonia. Heráldica Policía y buen gobierno 4° Se perseguirán a los vagos, ociosos y mal
entretenidos a quienes se les aplicarán las penas o correcciones
que establecen las leyes vigentes. Los desperdicios y demás suciedades se tiraban en la vía pública lo único que decían era "agua va" y en ocasiones ni esa advertencia precedía la caída de algún líquido sobre los transeúntes. Para estas prácticas también las encontramos reglamentadas en el mismo documento en los artículos 7°, 11, 12 y 13. 7° También se cuidará de la limpieza y aseo de las calles haciendo que cada propietario barra su pertenencia a lo menos cada tercer día en la inteligencia que se habla de lo que comprende la población y bajo la pena de dos o cuatro reales de multa, y ocho días de reclusión. 9° Igualmente se cuidará la limpieza de la plaza procurando que no anden en ella ganado vacuno y cerdos; pues éstos serán recogidos por una comisión en caso de cultura y el dueño tendrá que pagar por multa de dos reales a cuatro por cada cabeza de ganado vacuno y por el de cerdos de uno a dos reales. 12. Igualmente se prohibe en la banquetas toda clase de escombros, como también que se arrojen a las calles suciedad o aguas mal sanas y que por los campos salga aguas corrompidas o sucias a las calles. Incurriendo los infractores de uno hasta cinco pesos multa. 13. Se cuidará de la desecación de los pantanos,
de dar corriente a las aguas estancadas 11 Se cuidará así mismo, velar que no se introduzcan víveres o alimentos mal sanos prohibiéndose éstos absolutamente bajo la pena de cuatro reales a dos pesos de multa. También encontramos reguladas algunas normas morales
de los miembros del ayuntamiento como el no gastar los fondos municipales
en negocios particulares. 23. La mala administración de los fondos municipales y su inversión en gastos ordinarios o extraordinarios inducen responsabilidad pecuniaria a más de la personal, a cada uno de los miembros del ayuntamiento que resulten culpables por su manejo; con especialidad el tesorero.Podemos ver cómo a partir de esta época y durante el periodo que conocemos como porfiriato se trabajó en el orden y el progreso. Este progreso lo podemos entender en mejoras de las comunicaciones para, por medio de ellas tener un mejor control de los municipios así es que trabajaron en la mejora de los caminos y construcción de puentes para así formar parte de la nación. 16. Conforme lo vayan permitiendo las circunstancias de escasez de fondos municipales se hizo atendiendo a la compostura de calzadas, mas esto, no obstante de preferencia se atenderá a las vías o caminos que conduzcan a esta población, teniendo el mayor cuidado posible que éstos estén expeditos, sin permitir a los propietarios por donde pasan dichos caminos que los estorben o interrumpan, bajo ningún pretexto pues éstas deben estar libres para el tránsito; advirtiendo a los dueños de terrenos a potreros por donde el tránsito acostumbrado y conocido por el público y transeúntes, que si éste pasa por potreros pongan puertas de mano con la capacidad necesaria, pues el camino debe estar expedito de que si los propietarios ya relacionados no les conviniese dar el tránsito por sus potreros como queda dicho, donde luego que procedan a la recomposición de los caminos en la parte que les corresponda y de su propio peculio los gastos que se eroguen en la compostura apercibiéndoles con la multa de diez pesos, si cortaron una u otra disposición de las expresadas. FUENTES
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